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Aprobada la reforma pensional de Petro: cuatro pilares, más cobertura y sin aumento de edad

Redacción
Redacción |

La reforma pensional aprobada por la Cámara de Representantes el 28 de junio de 2025 establece un sistema basado en cuatro pilares que buscan ampliar la cobertura, garantizar una renta básica para los más vulnerables y reorganizar el ahorro individual. Estos son:

  1. Pilar solidario:
    • Dirigido a hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 en situación de pobreza, vulnerabilidad o discapacidad.
    • Recibirán una renta básica mensual de $223.000, ajustable anualmente por inflación.
    • Será administrado por el Departamento Administrativo de Prosperidad Social.
  2. Pilar semicontributivo:
    • Para quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas pero no alcanzaron los requisitos para una pensión.
    • Recibirán una renta vitalicia financiada con sus aportes, un rendimiento del 3 % anual y un subsidio del 20 % (hombres) o 30 % (mujeres) del saldo restante.
    • Incluye a beneficiarios del programa BEPS.
  3. Pilar contributivo:
    • Obligatorio para todos los afiliados al sistema.
    • Aporta hasta 2,3 salarios mínimos al régimen público (Colpensiones) y el excedente, si lo hay, a fondos privados.
    • No modifica la edad de pensión: 62 años para hombres y 57 para mujeres.
  4. Pilar de ahorro voluntario:
  • Complementario, para quienes deseen mejorar su pensión futura mediante aportes adicionales.

 

¿Qué cambia para los trabajadores?

  • No se modifica la edad de pensión ni el número de semanas requeridas (1.300 semanas).
  • Todos los trabajadores cotizarán obligatoriamente a Colpensiones hasta el umbral de 2,3 salarios mínimos.
  • Los fondos privados solo administrarán el excedente de ese umbral, lo que reduce su participación en el sistema.
  • Se elimina la devolución de saldos para quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas: ahora recibirán una renta vitalicia.

 

¿Y para los actuales pensionados?

  • No habrá cambios para quienes ya están pensionados.
  • Los afiliados actuales podrán permanecer en su régimen si cumplen con los requisitos de transición.
  • La reforma no afecta retroactivamente los derechos adquiridos.

 

Aunque fue aprobada por el Congreso, la reforma no entrará en vigor el 1.º de julio, como se había previsto. La Corte Constitucional debe revisar si el trámite legislativo cumplió con todos los requisitos formales antes de su promulgación definitiva.

El presidente Gustavo Petro celebró la aprobación como un “triunfo del Estado Social de Derecho” y un paso hacia la igualdad. El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, aseguró que la reforma beneficiará a más de 3 millones de adultos mayores que hoy no tienen pensión. Sin embargo, sectores de oposición y gremios económicos han expresado preocupación por la sostenibilidad fiscal del modelo, el debilitamiento del ahorro individual y la concentración de recursos en manos del Estado.

Una vez la Corte Constitucional avale el trámite, el Gobierno deberá reglamentar la implementación del nuevo sistema, definir los mecanismos de transición y garantizar la operatividad de los cuatro pilares. El reto será lograr que la promesa de justicia social no se convierta en una carga insostenible para las finanzas públicas.

La reforma pensional de 2025 marca un punto de inflexión en la historia del sistema de protección social en Colombia. Aún quedan preguntas abiertas, pero el país ya dio el primer paso hacia un modelo más universal, redistributivo y estructurado. El tiempo dirá si fue el paso correcto.

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